Boleta de Honorarios Chile

¿Cómo hacer una boleta de honorarios bien hecha?

Si trabajas prestando tus servicios de forma independiente, entonces es importante que sepas de qué manera puedes hacer una boleta de honorarios, ¿por qué debes saber esto?

Simple, esta boleta de honorarios va a ser el instrumento mediante el cual el usuario va a darte la remuneración por el servicio brindado.

Es común (y no hay de qué abochornarse) que no tengas idea de qué manera realizarla, que debe llevar, donde se realiza y esos detalles que a pesar de ser solo detalles acostumbran a ser importantes para poder producir una boleta de honorarios.

Boleta de Honorarios Electrónica.

Por medio del Internet el sistema de emisión sugiere las próximas funciones para facilitar la aplicación electrónica:

El sistema estima que los impositores pueden dar autorización a un tercero para producir este documento, y dispone en su web opciones a través de las cuales puede hacerse este trámite. La persona autorizada va a deber tener una Clave Secreta para acceder a la aplicación de la Oficina Virtual del SII.

Los contribuyentes (emisores) tendrán la posibilidad de poder contrastar las características de emisión, en el sitio web, desde donde se puede realizar las siguientes consultas: Consulta de boletas efectuadas y consulta de boletas recibidas.

Un tercero, (cualquiera), que tenga clave en la página sitio web del SII, puede hacer consulta de cuan leal y genuina es una boleta de honorarios a través de la opción de consulta de boletas por Terceros.

¿Cuáles son los requisitos para hacer una boleta en papel?

Estar numerada de forma consecutiva y también impresa, como igualmente de ir timbrada por el SII.
Se debe emitir en duplicados, haciendo entrega al cliente del servicio del original y guardando la copia para su posterior revisión.

Debe tener impreso el nombre completo del impositor que la concede, su número de RUT, dirección, actividad y/o profesión y, si procede el teléfono, en el caso de un impositor que de igual modo tenga el atributo de trabajador, puede colocar como domicilio el que corresponde al empleo frecuente.

  • Debe tener señalado la fecha de emisión.
  • Debe decir la naturaleza y monto de los honorarios.
  • Debe dejar perseverancia cuando proceda, de la retención del impuesto a la renta.

¿Qué persona está en el deber de emitir una boleta?

  • El profesional y/o contribuyente que realice actividades que supongan un lucro.
  • Sociedades profesionales.
  • Directores consejeros de Sociedades Anónimas.
  • Auxiliares de administración de justicia.

¿De qué forma hacer una boleta electrónica punto por punto?

Accede a la página web del SII, elección «Boleta de Honorario Electrónica», clicar en la opción «Producir», desde allá se halla otra sección que afirmará «Emisión», entonces se debe ingresar con el RUT y clave secreta.

El siguiente paso es elegir el modo perfecto de emisión, esto depende de quién se va a tener el deber de retener el 10 por ciento de los honorarios, si el que emite o el que recibe la boleta.

Completa los antecedentes para producir la boleta: identidad del cliente/ Descripción del servicio / Cantidad o bien valor de la boleta.

Antes de confirmar la emisión, es importante que se revise el borrador, si no tiene ningún error y está todo apropiadamente se puede producir la boleta. Entonces aparece la imagen de la boleta, y está la opción de «imprimir o «Enviar Boleta por mail».

¿Se puede emitir una Boleta que tenga fecha del mes precedente?

Sí, se puede emitir una Boleta con fecha del mes anterior, ya que la aplicación en la Web del SII, también lo permite, en tal situación, si la paga fue recibida el mes precedente, el trabajador va a deber tener en consideración el contexto del Formulario veintinueve de Declaración Mensual y Pago Simultáneo.

Exactamente el mismo va a deber rectificarse según pertenezca el género de emisión del documento, con o sin retención, y que afecta a la compañía o al usuario retenedor y al propio profesional.

¿Dónde y en qué momento se puede declarar que no se desea cotizar como trabajador independiente?

Si no quieres cotizar como independiente, deberás avisarlo de forma anual mediante la página web del SII, en servicios online, boletas, cotización previsional, opción Enviar o anular declaración jurada, renuncia a cotizar.

Existe un plazo para notificar de no efectuar cotizaciones previsionales:

Si declaras renta: debes avisar antes de presentar el Formulario veintidos “Impuestos Anuales a la Renta”, dentro del año tributario que corresponde, si ya se hizo la presentación la declaración de Renta y dejó de lado la renuncia a cotizar, podrás realizarlo hasta el 25 de abril, anexo con el reemplazo de la Declaración de Impuesto a la Renta.

Si tienes renta y no tienes la obligación de presentar declaración anual: tienes hasta el treinta de abril de de año en año tributario, la renuncia preside ya antes de presentar la declaración, en el tope ya dicho. En caso de ya haber presentado la declaración, puede hacerlo hasta el veinticinco de abril.

¿De qué manera habrán de estar registradas las Boletas en el libro de honorarios?

Aquel que recibe la boleta está en la obligación de llevar registro de exactamente la misma, de forma separada, en los libros contables, el documento tributario de aquel que no lo es, sin que tal cosa imposibilite a que el contribuyente adopte alguna medida puntual para impedir que se origine algún fallo en su sistema de control ante alguna eventualidad de duplicación de números.

¿Quién está libre de emitir Boletas?

Está libera de hace la emisión de Boletas aquella persona particular que, por tener conocimientos insuficientes, no esté en condición de emitir una boleta, esta excepción hace que recaiga el deber de emisión a las compañías, que están obligadas a llevar contabilidad y que reciben servicios de la personas indicad.

¿Existen sanciones por no conceder boletas?

Las sanciones por no entregar Boletas, o bien por conceder sin cumplir con los requisitos, es a través de una multa, además, de la clausura hasta por un máximo de días de la oficina o bien del estudio en el que se comete la infracción.

Si la infracción continúa, es sancionada con prisión o bien apartamiento, puesto que se podría entender como reincidencia en la infracción dos o más veces.

Dicho esto, es importante que se sepa que pese a que la ley no establece un tiempo en el que puedes trabajar por honorarios, cuando la persona tenga una relación laboral y esté subordinado, debe constar un contrato formal.

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Hola! Mi nombre es Clara, del 88, una de las mejores épocas. Actualmente soy redactora en FacturaOBoleta, pero también soy una apasionada de la fotografía, los viajes y la naturaleza. Tienes dudas ¿Hablamos?